El derecho nace del hecho
Este principio del derecho se corresponde con el aforismo latino "ex facto oritur ius" que significa: "del hecho nace el derecho"; esto es, los derechos y obligaciones para materializarse surgen cuando un determinado hecho ha tenido lugar, v. .gr. las condiciones resolutorias en un contrato, es decir, los derechos subjetivos y las obligaciones correlativas tienen como origen un hecho determinado al que el orden jurídico atribuye consecuencias de derecho.
A este tipo de hechos se les denomina en la doctrina como "hechos jurídicos", en contraposición a los hechos a los que el derecho no considere relevantes jurídicamente. Estos "hechos jurídicos" pueden ser tanto conductas humanas voluntarias como involuntarias, así como simples hechos de la naturaleza.
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